La aprobación de la futura Ley de viviendas establece nuevas pautas sobre el mercado del alquiler en el que los inquilinos cobran protagonismo a la hora de defender sus derechos.
Esta nueva Ley de Vivienda entrará en vigor antes del 28 de mayo, fecha de las elecciones municipales y autonómicas. Os dejamos con un breve resumen acerca de las medidas que la protagonizan:
- El año pasado se instauró un tope del 2% en la actualización de alquileres, prorrogada durante este año y que el año que viene establecerá una nueva limitación del 3%. Se espera que, para el 2025, se haya acordado una nueva referencia desvinculada del IPC.
- Se define el término zona tensionada como aquellas en las que la carga media de la hipoteca o del alquiler más los suministros, supera el 30% de los ingresos medios de un hogar o en las que el precio haya subido al menos 3 puntos por encima del IPC en los últimos cinco años. Quedarán establecidas por las CC. AA. y ayuntamientos.
- Los gastos y honorarios inmobiliarios correrán siempre a cargo del arrendador.
- Pasan a considerarse grandes tenedores aquellos propietarios que posean 5 o más inmuebles en áreas tensionadas, sean personas físicas o jurídicas.
- Se establecen nuevas bonificaciones para el alquiler del 50 al 90% de acuerdo a unos parámetros concretos.
- Se eliminan las cláusulas que permitían no aplicar las medidas que contiene la Ley si había un acuerdo entre las partes.
- En todos los casos de desahucio se deberá incluir el día y la hora exacta en los que tendrá lugar.
- Para grandes tenedores, no se admitirá la demanda de desahucio si no se ha sometido a conciliación. De no llegar a acuerdo, los servicios sociales buscarán otro tipo de soluciones y el juez podrá alargar los plazos.
- Para propietarios de 4 o más viviendas: penalización en el IBI de hasta el 50% para viviendas que lleven más de 2 años desocupadas y del 100% para más de 3 años.
- Para los nuevos contratos con el mismo inquilino, no se pueden repercutir los gastos si en el contrato anterior no se hizo.
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